Amparo indirecto vs orden de aprehensión. Posibilidad de cualquier Juez para resolver.


COMPETENCIA PARA CONOCER DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO PROMOVIDO CONTRA UNA ORDEN DE APREHENSIÓN QUE PUEDE EJECUTARSE EN EL DISTRITO DONDE SE UBICA EL DOMICILIO PARTICULAR DEL QUEJOSO O EN EL LUGAR DONDE ÉSTE SE ENCUENTRE. CORRESPONDE A CUALQUIERA DE LOS JUECES DE ESAS JURISDICCIONES, A PREVENCIÓN.

Si el quejoso presenta la demanda de amparo ante el Juez de Distrito que reside en el mismo lugar donde aquél dijo tener su domicilio particular, reclamando una orden de aprehensión emitida por autoridad judicial que se ubica en lugar distinto donde ejerce jurisdicción el Juez de Distrito ante quien se presentó la demanda, entonces la orden de captura reclamada puede ejecutarse en cualquiera de los distritos en que ejercen jurisdicción los Jueces contendientes, ya que ésta puede tener ejecución material donde se ubica el domicilio particular o en cualquier parte donde el inculpado se encuentre, aun si las autoridades ejecutoras niegan la existencia del acto reclamado, ya que ésta debe ejecutarse.

Por tanto, si no se tiene certeza de dónde se ejecutará el mandamiento de captura, será Juez competente para conocer de la demanda de amparo, a prevención, cualquiera de los Jueces de esas jurisdicciones, en términos del segundo párrafo del artículo 37 de la Ley de Amparo.

TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO TERCER CIRCUITO.
Conflicto competencial 17/2017. Suscitado entre el Juzgado Tercero de Distrito con residencia en San Bartolo Coyotepec y el Juzgado Sexto de Distrito residente en Salina Cruz, ambos en el Estado de Oaxaca. 4 de mayo de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: David Gustavo León Hernández. Secretario: Víctor Manuel Jaimes Morelos.
Conflicto competencial 22/2017. Suscitado entre el Juzgado Tercero de Distrito con residencia en San Bartolo Coyotepec y el Juzgado Sexto de Distrito residente en Salina Cruz, ambos en el Estado de Oaxaca. 25 de mayo de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Legorreta Garibay. Secretario: Héctor Lázaro Guzmán.
Conflicto competencial 16/2017. Suscitado entre el Juzgado Tercero de Distrito con residencia en San Bartolo Coyotepec y el Juzgado Sexto de Distrito residente en Salina Cruz, ambos en el Estado de Oaxaca. 1 de junio de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: David Gustavo León Hernández. Secretaria: Reyna Oliva Fuentes López.
Conflicto competencial 31/2017. Suscitado entre el Juzgado Tercero de Distrito con residencia en San Bartolo Coyotepec y el Juzgado Sexto de Distrito residente en Salina Cruz, ambos en el Estado de Oaxaca. 22 de junio de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Legorreta Garibay. Secretario: Héctor Lázaro Guzmán.
Conflicto competencial 33/2017. Suscitado entre el Juzgado Tercero de Distrito con residencia en San Bartolo Coyotepec y el Juzgado Sexto de Distrito residente en Salina Cruz, ambos en el Estado de Oaxaca. 30 de junio de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Guzmán González. Secretario: Juan Carlos Herrera García.
Ejecutorias
Conflicto competencial 33/2017.
Esta tesis se publicó el viernes 02 de marzo de 2018 a las 10:05 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 05 de marzo de 2018, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013

Comentarios

Entradas populares