MEDIDAS PREVENTIVAS PARA LA REDUCCIÓN DE JUICIOS LABORALES.
Me permito
rescatar una serie de valiosas recomendaciones por parte del Lic. Sebastián
Ramírez García, dentro de su conferencia “Programa Empresarial preventivo, para
reducir Demandas Laborales”, es decir el día de hoy daremos consejos a los
Patrones para evitar ser víctimas de Trabajadores llegan a abusar de la
confianza depositada en ellos.
Es necesario admitir que en casi todas las empresas hay trabajadores
conflictivos: que llegan tarde, que llegan ebrios, que hacen uso indebido del
equipo de trabajo, o que incluso roban equipo o dinero, etc con la firme
intención de dañar a su empresa.
En primer lugar, menciona el
experto, que cuando los patrones deciden despedir a algún trabajador conflictivo, si lo hacen de manera
visceral, sin estar preparados, pueden enfrentar una demanda laboral que se
convierta en una molestia de acudir meses a la Junta local o Federal del
Trabajo, y a veces pagarle a un trabajador que pudo ser despedido legalmente
sin derecho a remuneración.
Por lo anterior,
se precisó la necesidad de integrar un expediente jurídico de cada empleado,
que incluya información laboral y documentos personales que incluyan lo
siguiente:
· Contrato individual de
trabajo, con firma y huella.
· Carta de resguardo, sobre
material de trabajo que usa el trabajo, como laptop, automóvil.
· Convenio de
confidencialidad, para que no se lleve secretos industriales, sobre todo si se
trata de una pyme o franquicia.
· Recibo de pago de
transferencias electrónicas.
· Controles de asistencia.
· Constancia sobre
condiciones laborales. documento que jurídicamente tiene eficacia, y debe
decirse cómo trabajaban, categoría y que firmen. Mensual, cuatrimestral o anual
puede ser.
También sugiere
que desde la contratación queden establecidas las reglas, aunque eso signifique
dos horas de tiempo, por lo que el trabajador debe firmar y leer:
·
El contrato individual
del trabajo.
·
El reglamento interior
del trabajo.
·
El Código de ética que
son los valores de la institución.
·
Los convenios de
confidencialidad
·
Cartas de resguardo.
Recomienda el
licenciado Ramírez, que cuando un trabajador incumple o afecta con su conducta
a le empresa, ya sea porque falta, llega ebrio o roba, antes de tomar una
decisión precipitada de correrlo, es necesario hacer una investigación de la
falta, y establecer la sanción y contemplar la separación.
Si la
investigación arroja que sí amerita ser despedido, aconseja que se le haga
firmar una carta de reconocimiento de conducta, prometiendo no volverlo a hacer.
Cuando la firma,
también con eso acepta la falta y si esta es motivo de rescisión, entonces el
patrón ya puede hacerlo.
Ya que el
trabajador aceptó su falta puede ser despedido y para ello, cumplir con la ley,
darle su carta de recomendación para que se vaya por la puerta de adelante,
aunque si cometió delito no se le da, y que firme que fue por separación
voluntaria.
Menciona además
que en ocasiones los trabajadores se adelantan y se van y luego demandan al
patrón. En estos casos, la mejor vacuna es tener todos los documentos y firmas
que se enumeraron al inicio.
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