Cuantías aplicables para los juicios orales en material mercantil para 2019.

Derivado del decreto publicado en el diario oficial de la federación publicado el 28 de marzo de 2018 por el que se reforman los artículos transitorios segundo; primer párrafo del artículo tercero; primer párrafo del artículo cuarto y se adicionan los párrafos segundo y tercero al artículo segundo transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código de Comercio, en materia de juicios orales mercantiles, publicado el 25 de enero de 2017; se modificaron las cuantías aplicables en los juicios orales para 2019.

Desde el 26 de enero de 2019, en los juicios ejecutivos mercantiles orales se tramitarán todas las contiendas mercantiles cuyo monto por concepto principal sea igual o superior a $662,957.06 (Art. 1339 C.C.) y hasta $1,000,000.00, sin tomar en consideración intereses y demás accesorios.

Por su parte, para los juicios orales mercantiles no existe un monto mínimo (Art. 1390 Bis C.C.), pero este no deberá exceder el importe de $1,000, 000.00, sin tomar en cuenta intereses y demás accesorios.

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