PRÉSTAMOS DE DINERO, CON INTERESES POR LAS NUBES.


Se habla mucho en relación a los préstamos de dinero otorgados tanto por Instituciones Financieras así como por Particulares, en donde se pacta una altísima tasa de interés, resultando para el deudor gravoso y complicado su pago.

Algunos consideran esta actividad como “Usura”, que el Diccionario lo define como “aquella persona que obtiene una ganancia excesiva por un préstamo de dinero”.

En la pasada semana, un Tribunal Colegiado del Estado de México determinó que la usura es violatoria de los derechos humanos, como lo establece la Constitución mexicana y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, consideraron.

La resolución del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil de esa entidad, consiste en que a pesar de que una persona se comprometa a pagar intereses del 20 por ciento mensual (monto que rebasa el cobro de una institución bancaria), se puede atacar ese contrato de préstamo a través de un juicio de amparo.

Lo anterior se derivó de un juicio de amparo que promovió un ciudadano común y corriente, quien se había comprometido a pagar un préstamo que adquirió, más el 20 por ciento de intereses al mes.

El multicitado Tribunal, consideró que dicho monto es excesivo, usurario, fraudulento y atenta contra el estado patrimonial de la persona.

Señaló que para determinar la tasa de interés anual plasmada en el convenio, se multiplica la cantidad fijada en el contrato por los meses que tiene el año, y en este caso sería una tasa del 240 por ciento anual. Dicha cantidad sobrepasa en demasía la tasa de interés anual promedio de la tarjeta de crédito más cara en el mercado bancario.

Criterio de suma importancia, puesto que puede sentar a corto plazo un precedente para resolver en este mismo sentido, futuras controversias de esta misma naturaleza. 

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