PRÉSTAMOS DE DINERO, CON INTERESES POR LAS NUBES.
Se
habla mucho en relación a los préstamos de dinero otorgados tanto por
Instituciones Financieras así como por Particulares, en donde se pacta una
altísima tasa de interés, resultando para el deudor gravoso y complicado su
pago.
Algunos
consideran esta actividad como “Usura”, que el Diccionario lo define como “aquella
persona que obtiene una ganancia excesiva por un préstamo de dinero”.
En
la pasada semana, un Tribunal Colegiado del Estado de México determinó que la
usura es violatoria de los derechos humanos, como lo establece la Constitución
mexicana y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, consideraron.
La
resolución del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil de esa entidad,
consiste en que a pesar de que una persona se comprometa a pagar intereses del
20 por ciento mensual (monto que rebasa el cobro de una institución bancaria),
se puede atacar ese contrato de préstamo a través de un juicio de amparo.
Lo
anterior se derivó de un juicio de amparo que promovió un ciudadano común y
corriente, quien se había comprometido a pagar un préstamo que adquirió, más el
20 por ciento de intereses al mes.
El
multicitado Tribunal, consideró que dicho monto es excesivo, usurario,
fraudulento y atenta contra el estado patrimonial de la persona.
Señaló
que para determinar la tasa de interés anual plasmada en el convenio, se
multiplica la cantidad fijada en el contrato por los meses que tiene el año, y
en este caso sería una tasa del 240 por ciento anual. Dicha cantidad sobrepasa
en demasía la tasa de interés anual promedio de la tarjeta de crédito más cara
en el mercado bancario.
Criterio
de suma importancia, puesto que puede sentar a corto plazo un precedente para
resolver en este mismo sentido, futuras controversias de esta misma naturaleza.
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