SAT deberá informar sobre utilidades de empresa en juicio laboral.

Al resolverse un juicio de amparo promovido por un trabajador al que se le había negado el pago de utilidades, Ministros de la segunda sala de la Corte determinaron que el servicio de administración tributaria (SAT), está obligado a entregar la información que se le llegue a requerir en un juicio laboral, en el que el trabajador reclama el pago de prestación.
Lo anterior, en virtud de que se trata de una prueba indispensable para resolver de manera adecuada el juicio.
En dicho caso, la sala detectó que el SAT no desahogó adecuadamente el procedimiento, lo que afectó sustancialmente el resultado del fallo. 
Por ese motivo se amparó al trabajador quejoso y se ordenó se desahogue la prueba nuevamente en relación con las utilidades generadas en 2005 y 2006 por una institución bancaria, años en los que la Junta de Conciliación absolvió del pago de dicha prestación a la empresa.
Esto sin duda será una referencia para los futuros juicios en los que los trabajadores reclamen pago de utilidades o pago correcto de cantidades por dicho concepto. 
Fuente principal: Canal judicial

Comentarios

Entradas populares